- Al igual que en el Phising, también se dan casos de captación de datos bancarios con fines defraudatorios a través de la vía telefónica.
- Los servicios y números de tarificación adicional son absolutamente legales, aunque hay personas y/o empresas que utilizan este medio para obtener ingresos y beneficios a costa de los usuarios.
- CUIDADO. Si recibe una llamada comunicándole la recepción de un paquete, fabulosos premios, concursos, ofertas en viajes y hoteles, a condición de que llame a un número 803, 806, 807... puede ser objeto de un fraude.
¿Qué tipo de estafas y con qué objetivos se dan por vía telefónica?
La realización de estafas a través de la vía telefónica, es una práctica que se remonta muchos años atrás, antes incluso que la aparición de Internet. Así, utilizando una técnica similar al phising, los estafadores, haciéndose pasar por personal de una determinada entidad bancaria, se ponían en contacto con los usuarios con la finalidad de “confirmar” determinados datos (cuenta bancaria, número de la tarjeta de crédito, fecha de caducidad, etc...).
Pero esta no es la única vía utilizada por los estafadores para captar los datos de los usuarios, así últimamente se están detectando fraudes que tienen como gancho diversos motivos “entrega de paquetes”, “ofertas de viajes y hoteles”, “concursos”, “premios”, etc...
Además, y a través de los denominados servicios de tarificación adicional, los estafadores han encontrado un medio ideal para engañar a los usuarios y hacer “el Agosto”... Así, a través de este tipo de números, los estafadores mantienen al usuario al teléfono durante el tiempo máximo permitido por la legislación, 30 minutos, de forma que cuando al usuario le llega la factura telefónica se encuentra con una desagradable sorpresa... el cobro de aproximadamente 1 € por minuto por aquella llamada que realizo a un número de tarificación adicional sin conocimiento.
Igualmente, y hasta la aprobación de la nueva regulación de los servicios de tarificación adicional existía otro tipo de fraude por Internet, que consistía en la utilización de unos pequeños programas denominados “dialers”, que se instalaban en los ordenadores de los usuarios y cuya función era cambiar la conexión de Internet del usuario para pasar a conectarse a través de números de tarificación adicional con costes infinitamente superiores.
En conclusión, los objetivos y finalidades principales perseguidos por los estafadores telefónicos podrían resumirse en:
-Captación de datos bancarios.
-Captación de datos personales.
-Ingresos conseguidos por la utilización de números de tarificación adicional.
¿Qué son los números/servicios de tarificación adicional?
Los números/servicios de tarificación adicional son aquellos que, a través de la marcación de un determinado código telefónico (para voz el 803,806,807, y para datos el 907), suponen una retribución específica y añadida al coste del servicio telefónico, en concepto de remuneración al prestador de servicios, por la prestación de servicios de información, comunicación u otros.
Este tipo de servicios y números de tarificación adicional son absolutamente legales y cuentan con una estricta regulación cuyo principal objetivo es la protección de los derechos de los usuarios y consumidores, existiendo igualmente un Código de Conducta en el que se fijan las reglas obligatorias que habrán de cumplir los prestadores de servicios de tarificación adicional en cuanto a la forma de ofrecer tales servicios y al contenido de los mismos.
¿Cuáles son las principales obligaciones establecidas, en pro de la defensa de los derechos de los usuarios, por la regulación de los servicios de tarificación adicional y el código de conducta?
1.- Clasificación según los servicios ofrecidos: Los códigos o prefijos numéricos de los servicios de tarificación adicional se estructuran en función de los contenidos que ofrecen y el medio utilizado. Así.
-Prefijo 803: servicios exclusivos para adultos.
-Prefijo 806: servicios de ocio y entretenimiento.
-Prefijo 807: servicios profesionales.
-Prefijo 907: servicios prestados a través de sistemas de datos (Internet).
Anteriormente, estaba permitido el libre acceso a todos estos números, habiendo establecido en la actualidad que los usuarios que deseen acceder a servicios prestados por redes de datos (907) o a través de los códigos 803, 806 y 807 seguidos de las cifras 6,7,8 o 9 (que tienen un coste superior), deberán solicitar expresamente al operador tal acceso.
2.- Posibilidad de desconexión del usuario: Independientemente de que existan servicios de tarificación adicional que no son de libre acceso, el usuario podrá solicitar a su operador telefónico en cualquier momento la desconexión de los servicios de tarificación adicional, estando obligado el operador a realizar tal desconexión en 10 días. Es recomendable, al solicitar tal desconexión, que el usuario utilice medios que dejen constancia de la solicitud de desconexión (por ejemplo: burofax, correo certificado con acuse de recibo, etc...).
Si el operador telefónico no procede a la desconexión del usuario en el plazo fijado, serán por cuenta del operador todos los costes de las posibles llamadas a los servicios de tarificación adicional realizadas desde el teléfono del usuario desde la fecha en que tendría que haberse hecho efectiva la desconexión.
3.- Información al usuario: En los servicios de tarificación adicional los usuarios deberán ser informados, tanto en la publicidad como en la introducción a los servicios propiamente dichos, de los costes por minuto, tanto desde la red fija como desde la red móvil.
Así, para los servicios de voz, se establece la obligación de incluir una locución de unos 20 segundos en la que se informe de estos extremos. Dicha locución no podrá ser facturada con los costes de los servicios de tarificación adicional, tan solo por el servicio telefónico básico (como si de una llamada normal se tratara).
4.- Duración máxima: Los servicios de tarificación adicional, tanto por voz como por datos, tendrán una duración máxima de 30 minutos, a excepción de los servicios destinados a la infancia y juventud, así como para los concursos, que tendrán una duración máxima de 5 y 8 minutos respectivamente. Una vez transcurrida la duración máxima establecida por la normativa, el operador esta obligado a cortar la comunicación.
Algunos casos reales:
a) Entrega de Paquete: Un usuario recibe una llamada comunicándole que una determinada empresa ha recibido un paquete a su nombre, que llame a un teléfono 806.---.--- para confirmar los datos de entrega. Cuando el usuario llama a ese número, el operador le retiene al teléfono durante el plazo máximo establecido (30 minutos), pidiéndole datos personales, manteniéndole a la espera, etc... Al cabo de un tiempo, el usuario no ha recibido el paquete, pero si una suculenta factura telefónica que no espera, así como diversa publicidad de una determinada empresa que no conoce. Conclusión: los estafadores han conseguido los datos personales de los usuarios para el envío de publicidad y han obtenido grandes beneficios al haber utilizado números de tarificación adicional.
b) Concursos en televisión local: Recientemente fue desmantelada una televisión local, entre cuya programación incluía determinados concursos en los que los usuarios tenían que llamar a números de tarificación adicional para responder a sencillas preguntas....Como gancho para que los televidentes llamaran, trabajadores de la propia cadena se hacían pasar por televidentes y respondían incorrectamente a las preguntas planteadas. Cuando un televidente llamaba para dar la respuesta correcta, el operador les mantenía a la espera durante 30 minutos y posteriormente cortaba la comunicación, sin pasar en ningún momento al usuario a antena, y por supuesto sin recibir ninguna clase de premio, salvo una factura telefónica muy superior a lo habitual.
Hay que señalar igualmente, que uno de los trucos utilizados por los estafadores para conseguir que el usuario llame a números de tarificación adicional es facilitar el número de teléfono de forma desglosada, es decir, en lugar de decir, 806.---.---, (ocho cero seis...) suelen dar el teléfono del siguiente modo, 80.6-.--.--- (ochenta, sesenta y ....).
¿Qué se puede hacer si hemos sido defraudados a través de esta técnica
En el caso de haber sido defraudados a través de estos medios, los usuarios tienen las siguientes soluciones:
-Acudir a las Asociaciones de Consumidores.
-Reclamaciones económicas ante los Juzgados y Tribunales o las Juntas Arbítrales de Consumo contra el operador de telefonía o el prestador de servicios de tarificación adicional.
-Denuncia al prestador del servicio de tarificación adicional por incumplimiento del Código de Conducta ante la Secretaria de la Comisión de Supervisión de los Servicios de Tarificación adicional.
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María González Moreno
2 comentarios:
testimonio de adelina
Buongiorno ho trovato il sorriso è grazie al questo sig. DAVID BUSQUET, che ho ricevuto un prestito di 200.000€ ed uno del mio collega ha anche ricevuto prestiti di questo signore senza alcuna difficoltà. Li consiglio più voi non fuorviate persone né di cammino se volete effettivamente
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