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sábado, 7 de julio de 2018

UNA SENTENCIA AUTORIZA A UN GUARDIA CIVIL A PRACTICAR EL ESOTERISMO


Frente a las tesis de Interior, los tribunales estiman que esta labor privada es compatible con la de agente
 ¿Es compatible ser agente de la Guardia Civil con realizar una actividad privada vinculada con el esoterismo? El Ministerio del Interior entiende que no y, por tanto, rechazó la compatibilidad solicitada por un guardia civil destinado en la provincia de Pontevedra.
Pese a este pronunciamiento, el agente ha acabado encontrando el amparo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que, no solo ha revocado la denegación de la autorización, sino que ha impuesto a la Administración central el abono de las costas. Eso sí, los magistrados reconocen el deseo del agente a compatibilizar ambas actividades, pero remarcan que debe existir por su parte un «estricto cumplimiento de los deberes de su puesto como guardia civil, sin que pueda afectar a su horario o jornada». De igual modo, le advierten que en su labor en el ámbito del esoterismo no puede actuar en asuntos relacionados con las actividades que desarrolle en la Guardia Civil o que se refieran a ellas.
La sentencia reseña que el esoterismo se encuadra dentro de lo que se podrían considerar una actividad privada de labores administrativas. A este respecto, Interior rechazó las pretensiones del agente en base a que tiene que «cumplir sus funciones con plena dedicación, debiendo intervenir en cualquier tiempo y lugar», argumento que rechazan desde el Tribunal Superior, al tiempo que inciden en que los asuntos esotéricos «no se encuentran incluidos en la relación de actividades prohibidas».
Es más, insisten en que se dispone de un informe en el que se recoge que «la actividad privada a desarrollar no está, en principio, relacionada directamente con el servicio público desempeñado, frente a lo expresado por el acto impugnado, que llevaría a entender incompatible cualquier actividad desarrollada por un guardia civil dados sus cometidos en el mantenimiento del orden público». Además, los magistrados aluden a que el jefe de la unidad del agente informó favorablemente a la solicitud de su subordinado.
Un segundo aspecto que se abordó en la sentencia fue el económico, ya que el régimen de incompatibilidades del instituto armado establece que no podrá percibirse con un trabajo privado una cantidad anual -la denominan complemento específico- que supere el 30 % de las retribuciones básicas del agente en cuestión.
Mientras el abogado del Estado mantuvo que en el caso del funcionario pontevedrés se superó este porcentaje, el Tribunal Superior concluyó que, a la vista de la certificación aportada en la causa judicial, ni siquiera se alcanzó la limitación establecida en la normativa. En el caso del recurrente, se acreditó que el componente singular del CES anual es de 2.472 euros,mientras que las retribuciones básicas ascienden a 9.983 euros, excluida la antigüedad.
Una norma con más de tres décadas de antigüedad
La normativa que regula las incompatibilidades de los funcionarios del sector público se remonta a las postrimerías de 1984, hace ya 34 años. Entre otros preceptos, la misma legislación recoge que «los reconocimientos de compatibilidad no podrán modificar la jornada de trabajo y horario del interesado y quedarán automáticamente sin efecto en caso de cambio de puesto en el sector público».
LÓPEZ PENIDE 
https://www.lavozdegalicia.es/noticia/galicia/2018/07/07/juzgado-autoriza-guardia-civil-practicar-esoterismo/0003_201807G7P129910.htm?utm_source=twitter&utm_medium=referral&utm_campaign=twgen

miércoles, 13 de junio de 2018

SUPUESTA POSESION EN LOS JUZGADOS DE LAS PALMAS


La Sección Primera de la Audiencia Provincial considera imposible llevar a cabo un ‘exorcismo judicial’ por la posesión corpórea de la denunciante. Un capítulo más que llamativo, tras acudir a los tribunales una mujer que había denunciado la «invasión» de su cuerpo por parte de la esencia no material de otra persona.

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha decidido archivar un caso de ‘posesión paranormal’ que ha capitalizado la curiosidad de propios y extraños por el cariz más que llamativo que ha llevado a despertar entre pasillo y pasillo.
Y es que la Sección Primera de dicho órgano judicial, con el juez Miguel Ángel Parramón como presidente y con la presencia de los magistrados Pedro Joaquín Herrera Puentes y Secundino Alemán Almeida, ha considerado «imposible llevar a cabo un «exorcismo judicial» por la presunta posesión corpórea de una mujer que, a tenor de su denuncia original en el Juzgado de Instrucción Nº 1 de San Bartolomé de Tirajana, había denunciado la «invasión» de su cuerpo por parte de la esencia no material de otra persona.
No han trascendido más datos sobre los hechos investigados, pero lo cierto es que los magistrados han argumentando que el «proceso penal no puede dar cobertura a denuncias como la que nos ocupa, donde lo que se nos relata es algo inverosímil desde el punto de vista de la más elemental lógica humana».
En este sentido, la resolución de la Audiencia ha desestimado la apelación interpuesta por la denunciante contra el auto de sobreseimiento -dictado el pasado 12 de marzo de 2015- aseverando que «no existe en nuestro ordenamiento jurídico normas ni fórmulas legales que sirvan para reponer el malestar que dice padecer la denunciante. Por tanto, «no existe la posibilidad de práctica un exorcismo judicial».
https://www.canarias7.es/sociedad/tribunales/la-audiencia-archiva-un-caso-de-posesion-paranormal-LG4787287

jueves, 31 de mayo de 2018

EXPEDIENTAN A LA JUEZA MARIA JESUS GARCIA PEREZ... POR SU AFICION AL TAROT


El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha incoado diligencias informativas a raíz de la denuncia presentada contra la magistrada del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 3 de Galicia, con sede en Lugo, María Jesús García Pérez, por presuntamente trabajar en paralelo a la carrera judicial en una consulta de tarot para la que ella misma reparte los pasquines en los parabrisas de los coches de la ciudad lucense. 

Fuentes del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) han confirmado que desde la Audiencia Provincial de Lugo se envió la información sobre esa actividad de la juez al Alto Tribunal gallego y, desde allí, su presidente, Miguel Ángel Cadenas, remitió toda la documentación al Poder Judicial para que investigue lo sucedido. 

El caso está desde hace escasos días en manos de un Promotor de la Acción Disciplinaria del CGPJ. Tras estudiarlo, este jueves se ha dado a conocer que decidió promover una acción disciplinaria contra la juez. 

El primer paso ha sido abrir un expediente informativo para investigarla y, en función del resultado del mismo, se podría apartar a la juez de forma cautelar de sus labores al frente del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria. 

El TSXG ha dado a conocer que en esas diligencias informativas abiertas se practicarán las actuaciones que se estimen necesarias para determinar la veracidad de los hechos y cualquier otra circunstancia que resulte relevante para la investigación. El CGPJ deberá determinar si es cierto que María Jesús García, con más de dos décadas en la carrera judicial, coloca en los parabrisas de los coches pasquines con la leyenda "Tarotista y vidente con gran experiencia echa las cartas del tarot en persona" y si ella misma ejerce esa carrera profesional o los coloca para otra persona. 


Esos papeles que anuncian una consulta de tarot y videncia incluyen un número de teléfono y detallan que tiene un precio de 15 euros y que las consultas son "sin límite de tiempo" y "fines de semana incluidos". 

Aparecen en coches aparcados en distintas partes de Lugo y, en especial, en los alrededores de los juzgados en los que ejerce la carrera profesional María Jesús García. 

Al respecto, el periódico El Progreso de Lugo publica en su edición de este jueves que una periodista de este medio asistió a una sesión de adivinación en la que la juez llegó a afirmar "La Justicia tampoco acierta mucho" y dio consejos como "te colocas una vela ahora al llegar a casa y la enciendes con una cerilla de madera, luego otra dentro de 15 días y una más el día que tengas el juicio". 

Una profesional polémica 
Esta no es la primera vez que el trabajo de María Jesús García es sometido a escrutinio por los órganos de gobierno de los jueces o foco de las críticas por sus prácticas en el juzgado. 

La crítica más reciente la recibió en el año 2012, cuando trabajaba en el Juzgado de lo Penal 1 de Santiago de Compostela y llevaba a su gato a la sala de vistas, motivando la queja oficial del Colegio de Abogados. 

Con anterioridad, durante la etapa en la que ejerció en Bilbao, fue sancionada por fumar entre juicio y juicio sin salir de la sala de vistas, y en Madrid había sido sancionada por el CGPJ porque no acudió a una declaración por acudir al gimnasio. 

 Natalia Puga 
http://www.elmundo.es/espana/2018/05/31/5b0f95b4268e3e565f8b4696.html

martes, 20 de marzo de 2018

EL CASO NOVO HAMBURGO DA UN GIRO DE 180ª: NO HUBO SACRIFICIOS HUMANOS EN UNA MISA NEGRA



Cuando, el pasado enero, los representantes policiales y gubernamentales dieron una rueda de prensa anunciando sus primeras investigaciones, la noticia dio la vuelta el mundo. Dos niños sacrificados en una misa negra. Hoy, cuando el nuevo responsable de la investigación da un giro de 180 grados al caso, todos los medios, salvo Primera Edición, callán… Nosotros nos cansamos de repetir que había que ser prudentes y esperar a la sentencia judicial.
Un responsable policial evangélico obsesionado con el diablo, un juez sugestionado, y un vidente "satánico" estafador, falsos testigos... La historia de un gran error policial y judicial.

La Policía descubrió que los testigos mintieron en plan de inculpar a los acusados. “Era todo una farsa (...) incluso el hecho de que los niños fueran argentinos es mentira", dijo a PRIMERA EDICIÓN el delegado Baggio. Liberaron a los presos y se levantó la orden de captura sobre el misionero.
Dos niños descuartizados. Y punto. Eso es lo único que quedó en pie tras el insólito revés judicial que sufrió la investigación que involucraba al misionero Jorge Adrián Alves (33) en  Brasil, después de que la Policía Civil de Rio Grande Do Sul confirmara este miércoles que la versión del sacrificio humano fue, lisa y llanamente, una farsa orquestada por motivos aún confusos.

Con la boca abierta, una decena de periodistas escuchó ayer por la tarde atentamente las palabras del delegado Rogério Baggio, titular de Homicidios de Novo Hamburgo, quien anunció la liberación de los cinco detenidos que tenía la causa y la caída de las órdenes de captura que pesaban sobre Alves y el otro prófugo que hasta el momento tenía la investigación.

“Todo lo que teníamos hasta ahora es mentira. Todo. Fue una farsa. Los testigos que declararon mintieron con riqueza de detalles y lograron que la investigación siguiera el rumbo de un ritual satánico, pero finalmente llegamos a la verdad. El argentino Alves no tiene nada que ver y el hecho de que los niños sean argentinos también es mentira”, confió ayer a PRIMERA EDICIÓN el propio Baggio, minutos después de atender a los medios brasileros en rueda de prensa.


Increíble pero real. La Policía investiga ahora un plan orquestado por parte de un sujeto que fue detenido ayer por la mañana en San Leopoldo, a diez kilómetros de Novo Hamburgo, quien habría sido el “cabecilla” de la puesta en escena. Todo resulta propio de una película de Hollywood.


Baggio dio detalles este miércoles sobre cómo comenzó a descubrirse esa mentira.

“Cuando volví de mis vacaciones estudié el caso detalladamente. La desconfianza llegó con el segundo testigo, que fue quien habría visto cómo eran abandonados parte de los cuerpos en la calle donde luego fueron hallados. Ese testigo dijo que estaba con un compañero de trabajo, pero no supo precisar más detalles. Con los datos que nos brindó, encontramos a ese compañero en el estado de Santa Catarina, pero resultó ser un médico. ¿Qué hace un médico trabajando como albañil en una obra en construcción?”, relató Baggio a este matutino. Ante las contradicciones, el testigo finalmente se derrumbó: “Entonces dijo que todo era mentira y confesó que el autor de la idea fue esta persona detenida en San Leopoldo”.

El delegado aclaró que se llegó a la verdad gracias a que “investigamos la vida de todos los testigos. Supimos todos los detalles. Los llamamos para una nueva declaración y entonces no tuvieron otra alternativa más que contar la verdad”.

Sobre la aprehensión registrada ayer por la mañana, Baggio ratificó que ese sujeto fue apresado “por inducir a los tres testigos claves a mentir”. Si bien no brindó mayores detalles para no entorpecer la investigación, ya que habría más involucrados, contó que “estas tres personas -los testigos- tenían dificultades financieras y fueron coaccionadas y orientadas por alguien que conoce la investigación y a los cinco investigados en un principio. Solo así se explica la riqueza de detalles que brindaron a la hora de declarar”.
 
El jefe de Homicidios se mantuvo cauto a la hora de revelar los motivos por el que el ahora apresado orquestó la mentira. “El motivo para incriminarlos no es personal, según entendemos. Ahora la verdadera motivación es motivo de investigación. Sin dudas, esta persona conoce muy bien la investigación policial”, afirmó el funcionario policial.

Baggio agregó que los tres testigos claves fueron coaccionados bajo promesas de que recibirían “un lugar para vivir, alimentos e incluso un salario”, tras lo cual apuntó que la versión que brindaron fue tan creíble “que dos de ellos fueron incorporados al programa de protección de testigos”.

Los periodistas citados ayer por la tarde en Novo Hamburgo no tardaron en consultar a Baggio por su parecer sobre Moacir Fermino, el delegado que estuvo a cargo de la investigación durante sus vacaciones, quien procedió a la detención de los cinco involucrados y pidió la captura del misionero Alves, tras atribuir el esclarecimiento del hecho a una “revelación divina” gracias a testimonios de “profetas”.

“Por una cuestión ética no voy a dar declaraciones del delegado Fermino”, dijo ayer el entrevistado. Lo cierto es que ahora Moacir Fermino está bajo una investigación interna de la fuerza brasilera por su insólito accionar.

Inocentes y libres
Durante la conferencia de prensa, Baggio confirmó que ante las revelaciones recientes, la propia Policía Civil requirió la liberación de los cinco detenidos que tenía la causa y pidió también que se levante la orden de captura que pesaba sobre los dos prófugos. Uno de ellos era el misionero Alves.

“Inmediatamente pedimos la libertad de todos. La Policía está para buscar la verdad de los hechos. Supimos que quienes estaban presos eran inocentes. Cuando tuvimos la certeza, pedimos la libertad y la jueza acató ese pedido”, contó Baggio. 

Ayer volvieron a la calle el brujo Silvio Fernandes Rodrigues -líder del templo satánico- el empresario Jair Da Silva, Andrei Jorge Da Silva, Anderson Da Silva y Paulo Ademir Norbert Da Silva. También se levantaron las órdenes de captura que pesaban sobre el misionero Alves y Márcio Miranda Brustolin. 

“La orden de captura sobre Alves también cayó. En un 99 por ciento ellos son inocentes. Tuvieron su vida devastada, fueron públicamente condenados. Ahora no descartamos nada, no tenemos idea de lo que pudo haber sucedido con los niños. Estamos nuevamente en cero”, confesó Baggio.

Todos habían sido acusados por el sacrificio de los dos niños, cuyos restos aparecieron el 4 de septiembre del año pasado en el barrio Lomba Grande de Novo Hamburgo. Alves había sido sindicado como el responsable de llevar los niños desde Argentina hacia Brasil para tal fin. Sin embargo, finalmente todo quedó en la nada y las autoridades ahora ratificaron que todos son inocentes. 

“Todo fue una mentira”, reiteró a PRIMERA EDICIÓN, sobre el final, Baggio. Fue una farsa insólita pocas veces vista que atravesó incluso las fronteras.

 http://www.primeraedicion.com.ar/nota/265924/ritual-satanico-en-brasil-fue-una-farsa-y-la-muerte-de-dos-ninos-sig.html

domingo, 29 de enero de 2017

UN JUEZ AUTORIZA REGISTROS Y DETENCIONES POR EL TESTIMONIO DE UNA JOVEN "VIDENTE"


Una adolescente de 14 años aseguró que el fallecido, Diego Anyer (20), se le apareció en una visión y le dio detalles de cómo y quiénes lo mataron el pasado miércoles en San Vicente. Hay varios demorados. 

La Policía no tiene como colaboradores a médiums, videntes o los llamados asesores psíquicos, que a veces se presentan ante las autoridades -por sí mismos o a través de familiares de las víctimas- a ofrecer sus servicios. Pero hay excepciones. Y una de éstas es el caso Diego Anyer, el joven de 20 años que fue hallado sin vida y con un disparo en el rostro el miércoles pasado a las 22 sobre la banquina de la ruta nacional 14, en el kilómetro 968, en la zona suburbana de San Vicente. 

El joven había estado momentos antes en la casa de un familiar y salió del lugar tras un llamado telefónico. Interrumpió la cena y esa fue la última vez que sus parientes lo vieron con vida. A los pocos minutos, apareció muerto. 

El tiro literalmente le atravesó el cráneo. La Policía acudió a la escena, ubicada a unos nueve kilómetros al sur de la citada localidad, y los pesquisas descartaron el robo, en virtud de que el o los autores no se llevaron nada. Tal como adelantó este Diario, por las características del hecho, los efectivos se inclinaron por un “ajuste de cuentas” de trasfondo que, prima facie, era confuso. 

Al día siguiente hubo un detenido. Un hombre de 51 años que, de acuerdo a datos que manejaba la Policía, hace un tiempo habría amenazado de muerte a la madre de la víctima. Al allanar su domicilio, los funcionarios policiales hallaron armas de fuego, por lo que el sujeto fue investigado preventivamente por la tenencia de las mismas, sin muchos elementos que lo vinculen al crimen. 

Hasta allí nada fuera de lo normal. Hasta que llegó el momento del último adiós al joven asesinado.

El velorio, la menor y la visión 
El viernes siguiente al homicidio -y en las horas siguientes- se sucedería una serie de episodios cuando menos, extraños. Alrededor de las 23 de ese día, en el hospital de San Vicente ingresó una adolescente de 14 años que, de acuerdo al parte médico oficial, se encontraba “en estado de shock”. 

Al ser entrevistada por los uniformados, habría manifestado que cuando se encontraba en el velatorio de “Dieguito” (Anyer) y en momentos que se dirigió al sanitario, se le apareció el fallecido en una visión y le dijo que “el detenido del pasado jueves, de 51 años, no fue quien lo mató” y que “los responsables de su muerte fueron el padre y el novio de una joven oriunda de Dos De Mayo con quien él intentaba mantener una relación”, al tiempo que le pedía que “no se quedara en silencio, que contara todo esto a las autoridades para que se hiciera justicia”. 

La menor recién declaró ante la Policía formalmente al otro día -sábado-, debido a su estado de salud. Lo hizo en compañía de un hermano de 20 años y ante personal de la Unidad Regional VIII (con asiento en San Vicente), de la División Homicidios Posadas y la psicopedagoga de esa Unidad. 

Para sorpresa de los investigadores, había más cuestiones sobrenaturales vinculadas a la causa. Muchas más. También se le apareció en sueños La adolescente habría revelado ante los uniformados y la psicopedagoga que en el transcurso de la noche tuvo sueños y visiones con la víctima. 

Habría indicado que Anyer se le apareció en sueños y le mostró la secuencia de su muerte, confió un vocero oficial. La chica habría afirmado que observó cuando “Anyer es interceptado por siete personas que circulaban en una camioneta de color blanca. Estos individuos se bajan y lo golpean. Cuando Anyer corre lo alcanzan y uno de los sujetos, al que señaló como el padre de la joven con la que la víctima intentaba mantener una relación, le efectuó un disparo en el rostro y luego los agresores se retiran con rumbo a Dos de Mayo”. 

Siguiendo las pistas 
Los pesquisas siguieron algunas de las pistas aportadas en las visiones y llegaron hasta el paraje Tealera de Dos de Mayo, donde se entrevistaron con una niña de 12 años y con su padrastro de 39. Si bien el testimonio de ambos no habría sido de interés para la causa, recién cuando dialogaron con la madre de la menor, les habría dicho que esta tendría un novio de 19 años, tal como consta en el parte oficial. 

La mujer habría agregado que justamente este joven “por celos amenazó que le sucedería algo a Diego si ella no lo dejaba, que el día 18 de enero (miércoles pasado y día del crimen) este muchacho habría llamado por teléfono a su hija y le dijo que esa noche iba a suceder algo”. 

Luego, alrededor de la medianoche, cuando la menor dormía, la testigo habría asegurado que el “novio de su hija golpeó la ventana y le confesó que mató a Diego y tenía en la mano un trapo blanco con el cual sujetaba un arma de fuego”, indicó la misma fuente. Fue entonces que los uniformados procedieron a la detención de la supuesta pareja de la menor de 12 años, un sujeto de 19, quien ahora es el más complicado en la causa, reveló un portavoz del caso. 

Además, fueron demorados y trasladados a sede policial tres jóvenes de 23, 28 y 18 años, como así también un adolescente de 16 (quien fue liberado el domingo por la noche), al igual que el padrastro de la nena de 12, informaron desde la Unidad Regional VIII. 

Los pesquisas tratan de dilucidar si estos individuos participaron en el hecho. 

Allanamientos y ropa con manchas 
Con la presencia del juez de Instrucción 3 de San Vicente, Gerardo Casco, se allanaron las viviendas de los mencionados individuos. En la casa de la presunta pareja de la menor de 12 años -en el barrio Cooperativa de Dos de Mayo- se halló una remera azul y un pantalón de jean prelavado, ambas prendas con manchas color escarlata similares a sangre. 

En un pozo situado cerca de la vivienda del joven de 19 años los efectivos buscaban el arma presuntamente utilizada en el hecho, indicó un vocero.

http://www.primeraedicion.com.ar/nota/238867/una-vidente-guio-a-los-policias-hasta-los-presuntos-asesinos-de-un-j.html

jueves, 26 de enero de 2017

ABOGADO CONDENADO A 12 AÑOS DE CARCEL POR HIPNOTIZAR A SUS CLIENTAS PARA ABUSAR SEXUALMENTE DE ELLAS


Michael Fine conocía cómo dormir a las mujeres que lo visitaban en su oficina 15 de noviembre de 2016 

Era una visita rutinaria a su abogado luego de su divorcio. Ocurrió en Shieffield Village, en Ohio, cuando una mujer fue a ver a Michael W. Fine, de 59 años, su abogado, para hablar acerca de la custodia. Charlaron y ella le pagó 1.500 dólares por su servicio. Era trabajo, como siempre. Al menos, eso pensaba ella. Cuando se fue, notó que su sujetador estaba mal puesto y su área vaginal estaba mojada, de acuerdo con los documentos de la corte. 

Tratando de profundizar, se dio cuenta de que sus recuerdos de lo que había ocurrido en esa sala eran poco claros. Sucedió una y otra vez. Cada vez, su corpiño estaba misteriosamente desabrochado y la zona cercana a su vagina, húmeda o mojada. 

Estaba confundida, preocupada. Se preocupó tanto que en septiembre de 2014 reportó el extraño caso al Departamento de Policía de Sheffield Village. Fue entonces cuando comenzó a grabar sus encuentros con Fine. 

Luego de una reunión en particular, se fue con la misma misteriosa sensación, pero sólo recordaba hablar sobre "asuntos legales". Luego puso la cinta para escuchar. Fue entonces que escuchó una "discusión altamente sexual" entre ella y Fine, en la cual el abogado dijo que le daría "el más asombroso placer" y que la haría "experimentar un orgasmo masivo". 

En un momento, él le dice que ella estaba "empapada" y que él sería "su maestro y ella su alumna". "Puedo hacerlo contigo todo el tiempo. Soy el único que sabe cómo desencadenarlo", le comentó, de acuerdo con los documentos judiciales. 

Varias veces, le pidió que la próxima vez llevase un vibrador. "Sólo recordarás lo que hablamos sobre tu caso hasta que nos veamos de nuevo mañana. ¿Entiendes?", concluyó Fine. 

La mujer no recordaba nada de eso. Volvió al Departamento de Policía, donde el oficial José Soto escuchó la grabación y le sugirió que cancelara la próxima reunión. 

La Oficina del Fiscal del Condado decidió que la mujer llevara un micrófono y una cámara oculta para grabar su encuentro con Fine. Casi inmediamente que la reunión comenzó, el abogado "puso en trance a la mujer". De nuevo, comenzó a hablar en términos sexuales explícitos, algunos de los cuales sonaban como reglas: "Puedes tocarte libremente"; u órdenes tales como: "Vas a sentir tal atracción y excitación que vas a exigir que te toque y me toques". 

Fine dice: "A la cuenta de tres, no podrás controlarte. Seguirás siendo voraz, increíblemente caliente, asombrosamente, increíblemente excitada e insistirás en que te toque de cualquier manera que te traiga placer". En el video aparece frotando su hombro. 

Las cosas no continuaron porque la policía irrumpió en el lugar. Otra mujer, a quien también se le conservará el anonimato, tuvo una experiencia similar. Durante su primer reunión con Fine, hizo comentarios sobre su aspecto físico. También le preguntó si sentía que sus brazos estaban "livianos" y le dijo que se "enfocara en su voz mientras contaba regresivamente", de acuedo con documentos de la corte. La mujer creyó que Fine quería hipnotizarla. 
En otra denuncia contra el abogado, una víctima describió cómo realizó la hipnosis. Bajo el disfraz una "meditación" y de "atención plena", le pedía que se sentara en una silla, realizara unos cuantos ejercicios de respiración y cerrara los ojos. A veces, le pedía que mirara el espacio entre sus dedos. Se cree que hizo lo mismo a otras víctimas. 

En septiembre se declaró culpable. Admitió usar su familiaridad con la hipnosis para controlar a seis mujeres, forzarlas a atender sus deseos sexuales contra su voluntad. El lunes, Fine fue sentenciado a 12 años de prisión. 

Por Travis M. Andrews – The Washington Post 

http://www.infobae.com/america/eeuu/2016/11/15/a-la-cuenta-de-tres-no-podras-controlarte-el-abogado-que-hipnotizaba-a-sus-clientas-y-abusaba-de-ellas/


jueves, 3 de diciembre de 2015

16 AÑOS EN PRISION POR TRES VIOLACIONES QUE NO COMETIO


Después de que una prueba de ADN demostrase que no estaba relacionado con las violaciones por las que fue acusado, Luis Vargas fue exonerado este lunes

Un hombre de California, en Estados Unidos, que ha pasado 16 años de su vida encarcelado por varias agresiones sexuales, fue exonerado este lunes después de que una prueba de ADN relacionase los crímenes con otro hombre.

El juez William Ryan del Tribunal de Los Ángeles exoneró a Luis Vargas tras conocer los resultados de ADN que relacionaban los crímenes con el «violador de la lágrima», un hombre sospechoso de 30 violaciones desde 1996, según ha informado USA Today.


El «violador de la lágrima» fue bautizado así por una un tatuaje bajo uno de sus ojos. Este violador era conocido por amenazar a sus víctimas con un arma antes de llevarlas a una zona apartada donde las agredía. 


viernes, 27 de marzo de 2015

ANALISIS DE SENTENCIA UNICA EN ESPAÑA CONTRA UN VIDENTE


La cosa sería de chiste si no fuera esperpéntica y afectara a personas inocentes. Un vidente que trabaja en Tenerife ha sido condenado a cuatro años de prisión por fraude. ¿Es que sus superpoderes no podían prever este fin? Está claro que el chiste fácil no es suficiente para luchar en contra de las pseudociencias y el fraude asociado a ellas.

De hecho, en España es mucho más común llegar a sentencias de cárcel contra médicos u otros profesionales con carreras científicas por mala praxis o negligencia que a un tarotista o a un vidente por estafa.

En la (se supone) tranquila isla de Tenerife hace unos días se ha dictado una sentencia contra un vidente: cuatro años de cárcel y la devolución de 60.000 euros estafados a dos hermanos procedentes de una zona rural de la isla y con un escaso nivel cultural.

Es de las pocas sentencias que se conocen en España con pena de cárcel por una práctica así y el caso puede sentar un interesante precedente en varios sentidos. En 2012 un vidente fue condenado a 15 meses pero aquella pena no implicaba la entrada efectiva en prisión como en esta ocasión. No obstante, la sentencia aún no es firme puesto que el condenado puede recurrir al Tribunal Supremo.

La resolución de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife recalca el hecho de que es el engaño y la videncia lo que es constitutivo de estafa. La condena contra “Víctor Manuel Valdivieso Hernández, conocido con el original apodo de ‘El Brujo’, lo reconoce como “autor responsable de un delito de estafa de los artículos 248 y 250.1.4º y 5º a la pena de cuatro años de prisión, con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, y multa de 3.000 euros”, tal y como se recoge en el documento oficial. Además, en concepto de responsabilidad civil indemnizará a los demandantes (dos hermanos de una zona muy rural del norte de Tenerife) por una cuantía de casi 60.000 euros, que es el 90% de lo que les llegó a cobrar por sus servicios.

En la sentencia se reconoce que ‘El Brujo’ viene ofreciendo servicios de “ocultismo”, “esoterismo” y “misticismo” en su consulta de Santa Úrsula, con el nombre comercial “Yara Magia Azul”, y publicita sus servicios en la cadena de televisión “El Día TV”. Esta publicidad ha sido esencial a la hora de dictar sentencia y, si se interpone recurso y queda ratificada en el Tribunal Supremo, puede marcar el camino de posteriores sentencias en casos similares (Edit ver comentarios).


La historia se inicia, tal y como se explica en la sentencia y relata el propio abogado de la defensa cuando ambos “ante la aparición en su propiedad de un animal muerto y de otros objetos que relacionaron con prácticas de brujería, tras haber visto en televisión al mencionado Víctor Manuel Valdivieso Hernández, decidieron contratar sus servicios a principios del mes de diciembre”.

El abogado de Dominga y Felipe es Carlos Álvarez y señala que “para mis clientes, el hecho de que salieran en televisión era un signo de que se trataba de una persona válida y eso les daba confianza”. De hecho, a él mismo lo contactaron porque es un abogado que también tiene un programa en una televisión local. Aquí, una de las claves de esta sentencia donde se demuestra la potencia de la televisión para dar pábulo a este tipo de prácticas.

En este sentido, para el profesor de Derecho Civil de la Universidad de La Laguna (ULL), Luis Javier Capote es “interesante el hecho de que se relacione con un espacio televisivo de un medio local, ya que en otras comunidades autónomas el concurso de licencias para la TDT ha establecido entre su clausulado ciertos vetos a según qué contenidos como la pornografía o la videncia. Sería interesante que el Gobierno de Canarias reflexionare sobre este particular. Las cadenas televisivas son medios públicos de gestión igualmente pública o privada, y creo que en el espíritu de sus normas rectoras hay espacio para argumentar que estos contenidos -que difunden la superchería, el oscurantismo y facilitan el control por medio del miedo- quedaran fuera”.
Volviendo al relato que consta en la sentencia, una vez que los hermanos contactaron con el vidente, “el acusado pudo constatar la ignorancia y vulnerabilidad de ambos; su grave preocupación por la posible pérdida de una finca” que estaba “siendo objeto de una reclamación judicial; que ambos cuidaban de otra hermana discapacitada enferma de epilepsia; y que ninguno de ellos estaba casado y vivían solos en el campo”.
El abogado de ambos hermanos es Carlos Álvarez y relata que “les hacía entrar por separado a su consulta y que les prohibía que hablaran entre ellos del asunto”. Además, según explicó uno de ellos ante el juez, “quemaba alguna sustancia que emitía humos durante la sesión, lo que le aturdía”. Como ejemplo de los cobros realizados hay que destacar que en solo dos días el vidente les llegó a cobrar cantidades de “600, 1.500 y 4.000 euros”. El resto de los pagos se produjeron a lo largo de varios meses.
Carlos Álvarez explica que sus clientes llegaron a su bufete y le explicaron que habían pagado a este vidente del norte de Tenerife unos 70.000 euros en total (los ahorros de toda su vida), porque les había prometido que, con sus prácticas, iba a curar a su hermana epiléptica y que les resolvería esos problemas legales relacionados con sus propiedades. “El juez dictó sentencia por fraude continuado”, explica el abogado, no por considerar que la videncia en sí es un fraude “sino porque prometía realizar labores como sanaciones o resolución de documentación que está más allá de sus funciones”.

Ahí está la clave, porque la videncia es legal en España, no se le considera en sí misma un fraude.

La pregunta es ¿esto creará conciencia social como para que estas prácticas se consideren fraudulentas? La respuesta la aporta la catedrática en Sociología de la Universidad de La Laguna, Teresa González de la Fe, que ha trabajado mucho sobre Pseudociencias:

“Me parece que este tipo de sentencias, y el hecho de que sean tan publicitadas, contribuye a crear conciencia de que este tipo de servicios de videncia siempre son fraudulentos. El juez parece hilar fino al separar la prestación de un ‘servicio’ de videncia u ocultismo -que considera que en sí mismo no es estafa- del fraude que supone inducir a error a las víctimas y lucrarse a costa de ellas. En mi opinión, esos supuestos servicios suponen un fraude puesto que se crean expectativas que es imposible que se satisfagan. Si contrato a un tarotista para que me lea el futuro, el fraude reside, a mi juicio, en que es imposible que el futuro de nadie pueda adivinarse, y ahí reside el engaño. Aunque para que el engaño sea posible, la víctima ha de tener la creencia de que el futuro es legible y que la baraja lo puede descifrar. De nuevo, con lo que nos encontramos es con la ignorancia y la superstición, que son el caldo de cultivo de estas prácticas y de los que se lucran con ellas”.

Momentos hilarantes en el juicio fueron cuando ‘El Brujo’ explicó a los presentes cómo realizar un ‘lavado’, algo que según la demandante “realizaba tras hablar con el Universo para pedirle la curación de la hermana enferma”, explica el abogado y añade que “les prometía un certificado de curación. Un documento firmado por él mismo”.

En este sentido, el profesor de Derecho Civil de la Universidad de La Laguna (ULL) Luis Javier Capote explica que “la resolución de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife recalca el hecho de que es el engaño y la videncia lo que es constitutivo de estafa. La razón de esta afirmación viene dada por el hecho de que dicho delito requiere una serie de presupuestos para su existencia, siendo fundamental el concepto de ‘engaño bastante’. En este concepto hay una doble consideración objetiva y subjetiva. La primera hace referencia a la sostenibilidad del fraude, esto es, que se dibuje algo posible, lo cual, tratándose de una superchería tan burda como la videncia, es un tanto difícil; la segunda se refiere a la cultura, formación y conocimientos de la posible víctima. En este caso concreto, queda patente que las características de las personas defraudadas les hacían especialmente vulnerables a estas maquinaciones insidiosas”.

En el juicio, pese a que ‘El Brujo’ trató de justificar los pagos (que sumaron una cantidad de más de 70.000 euros) en la compra de objetos esotéricos, se demostró (literalmente en la sentencia) que “estos fabulosos pagos no tenían justificación alguna, resultaban absolutamente irracionales,carecían de cualquier proporción imaginable con lo que pueda llegar a ser el pago a un médium para que rece o invoque espíritus, y solamente encuentran explicación en el contexto de un sometimiento de la voluntad al que la víctima es inducida por quien, aprovechándose de sus vulnerabilidades e ignorancia, le lleva a creer hechos absurdos como su situación de grave peligro, su propia muerte, el empeoramiento de la salud de su hermana o la posibilidad de sanarla”.

En este caso, la condena no solo se halla en el engaño relacionado con la salud sino que, demuestra, que el acusado “aprovechándose de la ascendencia sobre los hermanos que ya había cultivado y de su evidente credulidad e ignorancia, les hizo creer que tenía un pariente juez en Las Palmas y que conocía a un notario de Tacoronte que podían mediar y hacer gestiones para que el pleito se resolviera de forma favorable para ellos. Por estos servicios, el Sr. Valdivieso reclamó (y obtuvo) el pago de otros 19.990 €”.

En la sentencia se vuelve a dejar claro que en España es legal ofrecer rezos o conjuros con este párrafo: “Pues bien, el ofrecimiento al público de servicios de magia, rezos, conjuros o semejantes, por sorprendente que pueda parecer la adquisición de los mismos, constituye una acción socialmente adecuada de la que no puede derivarse responsabilidad: quien cobra por hacer rezos, invocar espíritus o espantarlos, o neutralizar la magia de que alguien pueda haber sido objeto, no comete por ello un delito de estafa; y es irrelevante si quien ofrece esos servicios conoce (o incluso se aprovecha) del error de quien le reclama tales servicios, que se representa internamente que la intervención del médium, mago o curandero puede llegar tener unos efectos realmente imposibles. En estos supuestos el posible error de quien contrata no es imputable a la conducta de quien ofrece la magia, sino que la particular forma de entender la realidad de quien paga por este tipo de servicios es exclusivamente imputable a su propia cultura y “creencias ajenas a la conducta del acusado” (STS 20-12-2001; en el mismo sentido, STS 2-2-2007).

El profesor de Derecho de la ULL explica en este sentido que: “la videncia (al igual que otras prácticas pseudocientíficas) es tolerada en el sentido de que, desde la perspectiva jurídica quien se arriesga o participa en esas prácticas (esto es, la clientela) deben o deberían saber que nada de eso es real o veraz. Solo en casos como el que aquí nos ocupa (especial indefensión intelectual) o en otros en los que se ha producido un daño más allá de lo patrimonial (lesiones o incluso muerte, en los casos en los que el practicante de la pseudociencia se embarca de forma insensata en casos de índole sanitaria) se produce un resultado judicial condenatorio”.

En este mismo sentido, Capote insiste en que “el Derecho es un tanto “cruel” con la “víctima”, ya que se rige por una máxima según la cual las normas solo ayudan a quien se ayuda a sí mismo y se rige en sus asuntos con una diligencia adecuada. Dicho de forma llana, tiene poca tolerancia y menos compasión aún por quienes, teniendo cultura, formación y medios para informarse caen plácidamente en las redes de estos artistas del engaño. Hay casos limítrofes -como por ejemplo, aquellos en los que la persona, pese a su nivel intelectual y cognitivo, se agarra a un clavo ardiendo (pensemos en Steve Jobs)- pero la razón de esta “permisividad” puede ser más profunda. Supongamos por un momento que eliminamos del panorama comercial la videncia y restamos a libre albedrío de las personas la posibilidad de elegir, lo que yo llamo el derecho fundamental a la necedad”.

El propio profesor se pregunta “¿Qué motivo o razón habría que invocar para justificar esta interdicción? Autores como Javier Cavanilles (en su libro El tarot ¡vaya timo!) postulan esta posibilidad y critican al legislador y a la judicatura por su tibieza, alegando que estamos ante un engaño basado en la irracionalidad. Sin embargo, si usáremos ese argumento se abriría una senda que nos llevaría a terrenos más pantanosos desde el punto de vista social. ¿Qué otro aspecto humano está basado en la creencia y situado fuera de la razón? ¿Nos planteamos en consecuencia la prohibición de la religión?”. Buenas preguntas.

Es evidente que todas estas prácticas existen porque hay una gran aceptación social de las mismas. La catedrática de Sociología de la Universidad de La Laguna (ULL) y experta en Pseudociencias, Teresa González de la Fe, reflexiona que “esta situación refleja la permisividad y tolerancia social hacia las supersticiones y el escaso aprecio social a la ciencia. La videncia, el ocultismo, las magias y ese tipo de actuaciones se desarrollan, me parece, en una indefinición legal. Parecen pertenecer al campo del entretenimiento y los gustos personales, al ámbito sagrado de la libertad privada, dejando de lado el hecho de lo que promete el “servicio esotérico” es un engaño, pero en ningún lado se deja claro que lo es, que es ficción, que es un entretenimiento. Cuando vamos al cine o al teatro, sabemos que lo que ahí sucede es ficción. Cuando se va al tarotista o al sanador, este carácter ficticio no queda explícito”.

Lo más curioso de estas prácticas pseudocientíficas es que la propia Agencia Tributaria tiene un ítem para la videncia, algo que hasta cierto punto le podría dar validez a esta curiosa profesión. El profesor de Derecho de la ULL insiste en que “el hecho de que haya un ítem para la videncia en el ámbito de la Agencia Tributaria no da validez científica (siquiera moral) a estas prácticas. El Derecho no es una ciencia y su campo se ha situado siempre en pie de igualdad pero con independencia respecto de las ciencias, las humanidades o las artes, de modo que no podemos invocar esto como justificación de la validez de lo que está probado que no funciona (de la misma manera que la consideración de la pseudomedicina homeopática como “acto médico” no convierte al agua con azúcar en una terapia médica). En fechas muy recientes se ha producido una resolución del orden social que condena a un empresario “de la noche” a formalizar los contratos de trabajo de una serie de mujeres que ejercían la prostitución sin que fuera un caso de trata de féminas o proxenetismo. ¿Se trataba con ello de legalizar la prostitución o de considerarla aceptable? Ni mucho menos, pero aquí como allí, lo que se busca es someter a tributación y contribución a la seguridad social un dinero que se está moviendo. Este fin recaudador no tiene nada que ver con la demostración (inviable) de la validez de estas prácticas. En otros países, la normativa en materia de publicidad vinculada al Derecho de los Consumidores es mucho más dura y las indemnizaciones tienen un valor ejemplarizante. Aquí, ejemplos como el de las famosas pulseritas holográficas indican que el beneficio es mayor que la sanción”.

Verónica Martín Jiménez*


 *Estudió periodismo en la Universidad Complutense de Madrid y se licenció en la Universidad de La Laguna. Es Experta en Comunicación de la Ciencia por la UNED. Fue fundadora del periódico La Opinión de Tenerife en el año 1999 y subdirectora del periódico Diario de Avisos. Tras ese período participó en la creación de la primera empresa de comunicación especializada en Ciencia y Cultura de Canarias, Cmayúscula, con el que ofrece asesoramiento en comunicación externa a entidades como el Instituto de Astrofísica de Canarias, la Fundación General de la Universidad de La Laguna o Museos de Tenerife, entre otros.
http://naukas.com/2015/03/24/analisis-de-una-sentencia-unica-en-espana-contra-un-vidente/

martes, 17 de marzo de 2015

EL VIDENTE CANARIO VICTOR MANUEL VALDIVIESO CONDENADO A 4 AÑOS DE CARCEL POR ESTAFA


La sección segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a cuatro años de prisión, por estafa continuada, a un ocultista que en menos de dos meses se hizo por medio del engaño con los ahorros de toda una vida de dos hermanos del norte de la isla.

El condenado, además de correr con las costas del juicio, deberá pagar una multa de 3.000 e indemnizar a los hermanos estafados con 26.500 y 31.690 euros respectivamente,

Dominga y Felipe, dos personas vulnerables por su ignorancia, sin apenas estudios, se pusieron en manos del vidente Víctor Manuel Valdivieso, al que habían visto en un programa de la cadena de televisión local el Día TV, después de creerse víctimas de un embrujo por magia negra, tras haber encontrado en la puerta de su casa un animal muerto, una cruz, un coco y otros elementos extraños.

El ocultista, con una consulta llamada Yara Magia Azul. Misticismo y Ocultismo, consiguió hacerse con la confianza de los dos hermanos, a los que entrevistaba por separado y pedía que no comentasen el uno con el otro lo que se había hablado en las consultas, para no “perjudicar” los rezos y rituales que les decía que llevaba a cabo, para librarles del mal que les había caído encima.

De esa forma, en solo dos días, el 12 y 13 de diciembre de 2012, pagaron a Víctor Manuel 600, 1.500 y 4.000 euros, cantidades a las que se sumaron en los siguientes días otras de 3.500, 8.000, 8.000 y 7.000 euros. Las víctimas aseguraron que los pagos habían sido más, pero no han quedado acreditados.

Según los razonamientos del tribunal, el estafador se dio pronto cuenta de lo fácil que le resultaba obtener el dinero de sus nuevos clientes. Y como se había ganado su confianza supo que tenían una hermana epiléptica, que ninguno de los dos estaba casado, y que temían perder la finca en la habían vivido ellos y generaciones anteriores, y que estaba en proceso judicial por no ser de su propiedad y reclamar las tierras el verdadero dueño.

Así que el espabilado Víctor Manuel no se conformó con sacarle el dinero a Dominga para evitarle dos inminentes accidentes de tráfico, y limpiar de brujería a Felipe y sanar de paso la epilepsia de la hermana, sino que les convenció a de que tenía un familiar que era juez en Las Palmas, y un amigo notario en Tacoronte, que les podría solucionar el problema de la finca, lo que les costó otros 19.900 euros, y pocos días después, otros 8.000 y 3.500 euros.

Para redondear la operación, el vidente falsificó un documento en papel timbrado, en el que puso referencias absurdas como “artículo 29371612/35” y “Ref. 100/210”, y cuyo objetivo era hacerles creer que se trataba de un documento que reflejaba la solución favorable de sus problemas legales.

Dominga comenzó a sospechar dado el elevadísimo coste del “tratamiento”, por lo que empezó a exigir recibos de las cantidades entregadas. Supo que era víctima de un engaño cuando un abogado le explicó que ningún juez puede actuar fuera de su jurisdicción, y menos en asuntos que le son ajenos. La mujer se había quedado sin un céntimo, tanto que para afrontar el último pago a Víctor Manuel debió tirar de los ahorros de su madre.

La videncia no es estafa, lo es el engaño
En la sentencia, el tribunal presidido por el magistrado Astor Landete explica que no es estafa cobrar por servicios de ocultismo, santería o similares, por muy elevados que sean, ya que se trata de creencias particulares, y quedó comprobado que los dos hermanos contrataron voluntariamente a Víctor Manuel Valdivieso para que les librara de sus males.

Sin embargo, sí es estafa “si el autor, mediante un riesgo no permitido, crea una situación de error en otro que le lleva a realizar un acto de disposición patrimonial en perjuicio propio o ajeno”, como ha sido el caso. Durante la vista oral, el condenado aseguro que los pagos se debían a la compra de material por parte de los dos perjudicados para llevar a cabo los “trabajos”, pero una colaboradora suya aclaró que lo más que vendían eran velas.

El ocultista negó que los recibos exhibidos fuesen reales, aunque llevaban el sello de su establecimiento con su DNI, que no podían conocer los dos hermanos, y quedó acreditado que en una ocasión al menos le hicieron una transferencia.

A ello se suma el documento en papel timbrado sin otro fin que el de cometer un engaño, aprovechándose de la credulidad de sus víctimas.

Según el abogado defensor de los estafados, Carlos Álvarez, “es una de las sentencias más elevadas en penas de prisión que se han dictado en España por este tipo de estafas”.

http://www.eldiario.es/tenerifeahora/sucesos/prision-vidente-Tenerife-estafar-hermanos_0_366413746.html