La Audiencia la absuelve del delito de asesinato al aplicar la eximente de enajenación mental
Cometió el crimen con alevosía ante una víctima "absolutamente desamparada".
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, ha condenado a un máximo de 25 años de internamiento en un centro penal psiquiátrico a Marisol Fabiola Serrano Martínez, la mujer a la que un jurado popular declaró culpable de haber acabado con la vida de su bebé en la habitación de un hotel compostelano en agosto de 2015, cuando asistía junto a su marido a un congreso gnóstico.

Además el jurado consideró que en el momento de los hechos su capacidad de "entender y querer" estaba alterada por un "brote" de la esquizofrenia paranoide que padece y que tenía sin tratar.
En la sentencia la sala estima que los hechos probados son "constitutivos de un delito de asesinato" por la concurrente de alevosía, por la "inexistencia de probabilidades de defensa" por parte de la niña, que estaba "absolutamente desamparada y dependiente".

La causa de la muerte, apuntaron los forenses, fue asfixia por compresión cervical, con "posibilidad de que colocase una mano con suavidad sobre los orificios respiratorios oral y nasales".
A pesar de la gravedad del delito, la sección aprecia la eximente completa de enajenación mental, ya que estima que cometió el asesinato dentro de un "brote agudo de su enfermedad" que "anuló sus facultades volitivas y cognoscitivas".

El internamiento "no puede prolongarse válidamente cuando no subsista el trastorno mental que dio origen al mismo", por lo que fija un máximo de 25 años y revisiones periódicas.
http://www.farodevigo.es/sucesos/2016/06/18/condenan-25-anos-penal-psiquiatrico/1482501.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario