viernes, 3 de octubre de 2008

El drama de los falsos culpables


Este verano ha sido el primero, en 13 años, que Rafael Ricardi ha podido disfrutar en libertad, por un crimen que no cometió. Un informe del Instituto Nacional de Toxicología (INT) ha determinado que la violación, por la que fué condenado hace más de dos lustros, no fué cometida por él.
Solo un par de meses antes la Audiencia de Barcelona absolvio a dos modelos argentinas que, desde octubre de 2006, parmanecían encarcelandas por tráfico de drogas. Después de año y medio en prisión, la Sección Séptima ha absuelto a las acusadas, María Belén Téllez y Jessica Almada, de 20 y 22 años, respectivamente, al considerar que no ha quedado probado que las chicas supieran que llevaban cocaína en el interior de las maletas de su representante y también imputado, Alejandro Panno. Menos fortuna han tenido otros condenados por crímenes ajenos, como Claudio Alba, que fue condenado por los primeros asesinatos cometidos por Joaquín Ferrandiz, el asesino en serie de Castellón. Su inocencia solo se demostró tras la captura de Ferrández, pero Alba falleció poco tiempo después de salir de la cárcel, y sin llegar a tener la oportunidad de cobrar la indemnización del Estado, por haberlo condenado injustamente.

Mas sangrantes son los casos de falsos culpables, como Abderrazak Mounib, que falleció en prisión, antes de saber que el verdadero autor de los crímenes que le imputaban injustamente, iba a ser detenido, y su inocencia demostrada.

Con frecuencia las víctimas de un delito se quejan porque en apariencia, los delincuentes parecen disponer de más derechos y garantias procesales de los que merecen. "Si todos sabemos que es culpable, porque no lo condenan ya. Porque un abogado puede evitarle la carcel por un tecnicismo si tiene esa cara de criminal...". Son expresiones que todos hemos escuchado alguna vez. Pues bien, si la justicia ha evolucionado tanto desde Hamurabi, es precisamente para buscar el máximo de garantias a la hora de considerar a un sospechoso como culpable de un delito. Y aún así continuamos cometiendo errores... Este articulo de Monica Belaza y Braulio García lo ilustra muy bien.

Inocentes en la cárcel

Pasó casi seis años en prisión por un delito que no había cometido. Ahora sólo quiere encontrar trabajo y "olvidar lo antes posible todo lo ocurrido durante los últimos años", relata conmocionado Francisco Javier G. R.
Pasó casi seis años en prisión por un delito que no había cometido. Ahora sólo quiere encontrar trabajo y "olvidar lo antes posible todo lo ocurrido durante los últimos años", relata conmocionado Francisco Javier G. R. Fue detenido en 1999 y condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz a 12 años de cárcel por la violación de un niño de nueve. El menor le había identificado cuatro veces "de forma inmediata, sin la menor duda". Se equivocó. El Tribunal Supremo lo absolvió el pasado junio, tras aparecer nuevas pruebas que demostraban que estaba trabajando en su tienda de informática cuando ocurrieron los hechos.

En Cataluña, Ahmed Tommouhi y Abdelrrazak Mounib fueron condenados a 51 años de cárcel por la violación repetida de una mujer en Olesa de Montserrat (Barcelona) en 1991. El verdadero agresor fue detenido cuatro años más tarde y el Supremo los declaró inocentes en 1997, gracias a pruebas de ADN. José Manuel R. D., abogado gallego, fue condenado a nueve años de cárcel en 1999 por dos atracos a bancos y detenido por otros 13. En 2003 apareció el verdadero atracador.
En todas estas condenas hay un elemento común: la única prueba de cargo fue la declaración de las víctimas (testigos en el caso del abogado gallego), que rotundamente identificaron a personas inocentes como autores de los delitos. El Tribunal Supremo y el Constitucional consideran que el testimonio de una víctima o testigo puede ser prueba suficiente para condenar. Y lo que más valoran es la seguridad con la que se reconoce al acusado.

Este criterio es rechazado por la llamada psicología del testimonio. Los expertos coinciden en que, a lo largo de los procedimientos de identificación, las víctimas muchas veces ponen la cara del sospechoso al recuerdo borroso que tienen del agresor. ¿Cómo llega una víctima o testigo a reconocer, con total seguridad, a una persona inocente como culpable? La catedrática de Psicología de la Universidad Autónoma de Madrid Margarita Diges y el profesor de la Universidad de Elche José J. Mira indican en un artículo que en las identificaciones erróneas influyen múltiples factores: el tiempo pasado entre delito y reconocimiento, la edad y sexo de víctima y agresor, los prejuicios y el tipo de agresión. Afirman que no hay relación entre la seguridad de la víctima al identificar y la exactitud del recuerdo.

Frente a la creencia común de que las víctimas de un delito graban en su memoria todo lo ocurrido, en realidad la angustia y el estrés hacen muy difícil que tengan la "objetividad necesaria para registrar los detalles del delito y de su autor", afirma el magistrado del Tribunal Supremo Perfecto Andrés Ibáñez.

Diges y Mira señalan que los sistemas de identificación de la policía y los jueces pueden influir en los testigos y crearles falsos recuerdos. Al cometerse un delito, normalmente víctimas y testigos van a comisaría para hacer la denuncia y una primera declaración en la que describen al autor. La policía les enseña álbumes de fotos de sospechosos, en los que sólo debe haber personas que hayan cometido delitos de iguales características. Si identifican a alguien, se suele realizar una rueda de reconocimiento en la que, con el sospechoso, tiene que haber personas de características físicas similares.

Este protocolo de actuación no siempre se cumple. Francisco Javier G. R. no había sido nunca detenido ni condenado por un delito contra la libertad sexual y, pese a ello, su foto fue mostrada por la policía a un niño violado. Y un fiscal de Murcia cuenta, atónito, que hace una semana presenció una rueda de reconocimiento en la que el sospechoso, negro, estaba acompañado sólo por blancos.

No es raro que el juez ordene repetir una rueda para ver si el testigo se ratifica, lo que, según el magistrado Andrés Ibáñez, no tiene sentido. "Una primera identificación equivocada sirve para que luego el testigo identifique al sospechoso sólo porque le suena de la primera rueda", explica.
La mayoría de los jueces suele considerar que las irregularidades de la investigación policial se solventan con la ratificación de los testigos en el juicio, ya que se entiende que "frente al tribunal se dan todas las garantías", indica Vicente Guzmán Fluja, catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Pablo de Olavide. Los psicólogos consultados aseguran que la certeza de un testigo en el juicio no es relevante si las identificaciones previas han sido irregulares.

Los jueces plantean que es difícil no hacer caso a la víctima cuando su declaración es la única prueba. El magistrado Perfecto Andrés Ibáñez indica, sin embargo, que hay pocos casos "puros" en los que sólo esté la palabra de la víctima contra la del acusado. Casi siempre hay otras pruebas, aunque a veces "no son tomadas en consideración porque en España los tribunales motivan poco las sentencias", señala. Cuando se analizan "rigurosamente" todas las pruebas aparecidas a lo largo del procedimiento, "a veces se llega a la conclusión de que no se puede condenar". Y si realmente no hay más pruebas, "en un Estado de Derecho debería primar la presunción de inocencia del acusado", concluye.

En el caso de Francisco Javier G. R., ninguna prueba objetiva corroboró la declaración de la víctima. Y había pruebas a favor. Una empleada de la academia de Francisco Javier había asegurado haber hablado con él, en persona, a la hora en que ocurrieron los hechos, pero en la sentencia ni siquiera se hace referencia a ese testimonio. Sólo por el empeño de su mujer, que consiguió dos testigos que probaron su inocencia dos años después de la condena, ha salido de la cárcel.

¿Cómo repara el Estado a las víctimas de errores? Con indemnizacione que dependen de las circunstancias. No hay tablas. Los criterios que maneja el Supremo para la cuantía son el tiempo de privación de libertad, la edad, salud, el delito, la huella que haya dejado la cárcel en la personalidad. Por un año de prisión preventiva, el Supremo otorgó a un chico de 21 años una indemnización de 20 millones de pesetas en 1999.

En España no hay estadísticas sobre identificaciones erróneas, pero en EE UU las cifras señalan que son causa del 80% de las condenas a inocentes, según el presidente de la Asociación Americana de Psicología Legal, Gary L. Wells. El miércoles pasado, Luis Díaz, de 67 años y origen cubano, fue excarcelado en Miami tras 26 años en prisión por violaciones que no había cometido. La única prueba en su contra: ocho víctimas le habían identificado, sin dudar, como su agresor.

5 comentarios:

  1. Lo peor de todo es que la gran mayoría de inocentes condenados, nunca podrán demostrar su inocencia porque la vida es así. Hay muchas frases idiotas y ridículas como "la mentira tiene las patitas muy cortas", o bien, "cuando el río suena agua lleva". Por esos refranes estúpidos, cuando un inocente díce que es inocente nadie le cree, en muchos casos, ni siquiera su propia familia. A parte que está demostrado que los mayores psicópatas criminales siempre dicen que son inocentes, por eso cuando un falso culpable dice que es inocente, nadie le cree.
    Algún día contaré mi caso personal porque ahora no tengo tiempo, sólo diré que se condena a mucha gente inocente a diario porque llevan testigos falsos a los juicios y luego tú no puedes demostrar que son falsos.
    En un foro leí que los juicios los ganan los que mejor mienten y es verdad. Eso unido a la incompetencia de muchos jueces, se consigue arruinar la vida de muchas personas honradas a diario.

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  2. La información que por casualidad encontré en este espacio ha sido de gran beneficio en mi formación profesional. Muchísimas felicidades por el trabajo que Usted realiza.

    Yoly Céspedes
    Psicóloga

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  3. Hola Manuel. Muy buena la idea de incluir este tema en un site de criminología. Yo siempre critiqué a la policia, por todos los choros, asesinos y violadores que hay en la calle, pero ahora entiendo que no es tan facil decir que una persona es culpable ¿y si no lo es? Ahora, después de leer este escrito yo me pregunto ¿es mejor que un culpable quede libre o que un inocente entre en la cárcel?

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  4. Ha sido una extraña casualidad llegar a esta página. Buscaba documentación y he topado con este blog. He de reconocer que algunos de los datos expuestos son más que buenos, pero en este artículo en concreto hay demasiadas carencias. Sigo la línea del anterior comentarista y comento, estimado Sr. Carballal que ciertamente existen muchos inocentes en la cárcel pero que son muchos más los culpables que nunca la pisarán.

    Si hace memoria de sus investigaciones pasadas no podrá contradecir esta frase. No obstante, no olvide que en cuestiones delictivas el abanico de posibilidades no se reduce a los delitos sexuales y sexistas. En criminología los delitos de sangre son más numerosos como bien sabrá. Otro ejemplo sería comentar que más de un banquero vive a sus anchas a costa de que un inocente trabajador o trabajadora soporte consecuencias y responsabilidades que no le corresponden, en tal caso podríamos tratar de delitos fiscales.

    Espero no sea una fijación acometer por la vía del sexo, ya que llama la atención el que reduzca a falsos culpables únicamente a los hombres y a las mujeres como las perversas que son capaces de atormentar con falsas denuncias la vida de un inocente. Muchas mujeres, personas, Sr. Carballal, personas, sufren injustamente entre rejas y también sufren fuera de ellas por culpa de quienes no están encarcelados y condenados como debieran. Le ruego que no olvide tan pronto lo que escribe, o me dará la razón en que a veces las intenciones se delatan se escriba lo que se escriba.

    También es sorprendente que use informes de legos en Derecho para, supongo hacer una mejor fundamentación. De todos es conocido o al menos eso espero, que los abogados pueden defender cualquier punto de vista. Encontrará por ello otros informes contradictorios al que cita y que debería igualmente mencionar para aquellos que tenemos un sentido crítico acusado y académico. Con ello evitaría toda sombra de duda sobre si hay alguna intención por su parte de manipular los pensamientos del lector.

    Mi enhorabuena por su blog. Sin otro particular....

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  5. Me llaman Justo,y quisiera comentar
    sobre los juicios que aquí en España se celebran,como son a veces vasados en embustes y falsedades,¡Por que digo esto!diran algunos,pues por que lo estamos sufriendo en nuestras propias carnes,y el decir la verdad es muy costoso en creerlo,se cree antes la mentira que que la verdad.Tenemos a un familiar metido en prisión por falso culpable que lleva ya en prisión once años por unos hechos que no cometio y sin ningun tipo de pruevas,por solo las diferente declaraciones de una persona y con muchas contradicciones cambiando tiempo y lugares y no especificando fechas y a vase de mentiras consiguierón meterle en prisión unos jueces que ni siquiera se esforzarón en investigar bien el caso,pero ellos para acallar la opinion publica le tomarón como culpable sin serlo y actuaron con él con prevaricación muy claramente.A la madre de él,por poner carteles por la calle para su defensa he intentar sacar la verdad,fué denunciada,juzgada y con dos años y medio de prisión y a pagár 30.000 €.Asi,quien cree en la justicia? Por eso pedimos ayuda para que alguien se interesara en el caso y lo investigara para sacar a la luz la verdad de un falso culpable en prisión. Gracias.

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